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¿Compartiste el video de Babo de Cartel de Santa? Esto es lo que podría pasarte

El rapero no se pronunció sobre el robo de su contenido, solo compartió imágenes con frases graciosas y emojis de carcajada a los memes

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El video de Babo de Cartel de Santa presumiendo sus “perlas” se volvió tendencia en redes sociales, a pesar de que el rapero lo compartió en Only Fans, pues varios usuarios lo difundieron en otros sitios, incurriendo en un delito.

Mientras que Babo no se pronunció sobre el robo de su contenido, solo compartió imágenes con frases graciosas y emojis de carcajada a los memes de su video que está muy explícito, pues muestra la modificación física que se hizo en los genitales para darle más placer a sus parejas.

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¿COMPARTISTE EL VIDEO DE BABO DE CARTEL DE SANTA? ESTO ES LO QUE PODRÍA PASARTE

Si tu fuiste uno de los que compartiste el video de Babo, sabías que incurriste en violencia digital y podrías recibir un castigo por la Ley Olimpia.

Babo compartió el video sin censura de “Piensa en mí” en su cuenta de Only Fans, pero debido a la polémica que generó con lo explícito de las imágenes, usuarios lo difundieron en otras plataformas, por lo que esta acción se considera un delito, ya que las personas que compartieron el video incurrieron en violencia digital, así lo dieron a conocer en TikTok.

“Hace 4 años en México se han realizado algunas modificaciones en los códigos penales en donde se incorporan delitos que tienen que ver con la prohibición de compartir contenido sexual sin su consentimiento”, señaló la usuaria Les J.U.

@les_iju Violencia digital. #fyp #parati #derecho #lodescubrientiktok #derechopenal #feminismotiktok #derechofeminista #carteldesanta #babocarteldesanta #delito ? sonido original - Les J. U.

Cabe señalar que Babo solo autorizó la difusión de su video en Only Fans por lo que los internautas que lo guardaron y compartieron incurrieron en violencia digital.

¿POR QUÉ SE PODRÍA CASTIGAR A LOS QUE COMPARTIERON EL VIDEO DE BABO?

La Cámara de Diputados aprobó en 2021 la Ley Olimpia para sancionar la violencia digital, con la difusión de videos o fotos íntimas sin consentimiento, por lo que una persona incurre en el delito de violación a la intimidad sexual si se divulga, comparte, distribuye o publica fotos, videos o audios de contenido íntimo sexual de otra persona sin su consentimiento.

Así que las personas que incurran en este delito podrían tener una sanción de 3 a 6 años de prisión, y una multa de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos.

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(Lérida Cabello)